domingo, 16 de octubre de 2016

Venta electrónica de boletería

Dictan disposiciones para regular la venta electrónica de boletería para espectáculos públicos 

Imagen suministrada por el Ministerio de Cultura - Milton Ramírez @fotomilton

MinCultura y MinHacienda dictan las disposiciones con el objetivo de adaptar los servicios de boletería electrónica y facilitar condiciones para la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, que generan los espectáculos públicos.
 
En continuidad con la política de formalización y fortalecimiento del sector de espectáculos públicos de las artes escénicas en Colombia, el Gobierno Nacional, a través de los Ministerios de Cultura, Hacienda y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales —DIAN—, desarrollaron la propuesta normativa que hoy se presenta públicamente para conocimiento y análisis de los agentes y organizaciones del sector cultura, cuyos objetivos centrales son:

1) Actualizar la regulación vigente sobre boletería y derechos de asistencia de espectáculos públicos de las artes escénicas, mediante la definición de las condiciones y requisitos para la emisión y venta de boletería por canales electrónicos, de modo que sea más fácil adquirir las boletas e ingresar a este tipo de eventos sin llevar soportes físicos, cumpliendo las medidas de seguridad que faciliten el seguimiento y control por parte del Gobierno Nacional.

2) Establecer nuevos lineamientos respecto de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, que flexibilizan las condiciones de acceso a estos recursos para las organizaciones culturales y aquellas que, no obstante el pertenecer a otro sector, poseen infraestructura destinada a la presentación de espectáculos públicos de las artes escénicas. La infraestructura móvil o itinerante, por ejemplo, podrá ser beneficiada con estos recursos, así como los escenarios que son propiedad o son administrados por las entidades educativas y prestan un servicio de oferta y circulación cultural a la comunidad.

3) Fortalecer el registro de productores mediante la identificación de su actividad económica de manera más clara y diferenciada, así como adoptar una clasificación según el formato de los eventos que realice cada productor; de manera semejante a la clasificación vigente para operadores de boletería en línea.

El Decreto estará publicado para la formulación de observaciones por parte del sector hasta el próximo 14 de octubre del 2016. Para consultarlo haga clic aquí. Las observaciones pueden ser remitidas al correo electrónico:garjona@mincultura.gov.co 

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